Al Día de Europa le falta la Noche Noche de Europa, Derecho al Cielo
Gobernanza responsable para cuidar y promocionar, con claridad, nuestros cielos oscuros

9 de mayo, Noche de Europa, Europe Night. En la bandera de la Unión Europea hay 12 estrellas, de oro, confusas y borrosas para la mayoría de sus 446 M. de habitantes. ¿Qué significado tienen las estrellas? La PAC en Castilla León, España. Crédito: Fernando Cabrerizo
La Unión Europea desperdicia cada año miles de millones de euros en “iluminar” el cielo y apagar las estrellas ¡Extravagante, sí! De no ser por el grave daño que causa, semejante estupidez movería a la risa. Con esta inversión, los socios de la UE contribuyen a la contaminación lumínica -España encabeza el consumo de alumbrado público por habitante-. A falta de un mayor esfuerzo investigador, ya sabemos que el exceso de luz artificial afecta a los procesos físicos y químicos de la Tierra, compromete la salud de cientos de especies, incluida la nuestra, altera el proceso de reproducción de un sinfín animales o desajusta los relojes biológicos, entre otras calamidades.
El fulgor innecesario nos quita el sueño, crea un problema medioambiental grave y cierra la ventana desde la que los científicos se asoman al Universo. Europa debe cuidar las noches limpias para que la íntima y remota relación entre el progreso y la observación del cielo continúe.
¿Por qué la Noche de Europa?
Porque al Día de Europa, #EuropeDay!, precede la Noche, claro. Cada 9 de mayo celebramos, desde 1985, la paz y la unidad del continente; hasta ahora, nos habíamos olvidado de la noche, unas cuantas horas de las 24 que tarda la Tierra en dar una vuelta completa sobre su eje. Europa necesita la noche más de lo que cree: juega en la ambiciosa carrera por la neutralidad climática. Tenemos poco tiempo para recuperar la oscuridad natural nocturna. Si conformamos voluntades, como ya lo hicimos en situaciones de emergencia -esta vez es climática- la Noche de Europa nos ayudará a poner la luz artificial al servicio del clima.

Izar y Jokin observan una conjunción planetaria entre Venus (abajo) y Júpiter (se ven los satélites principales). La imagen se captó cerca de Figueres, Girona. Los dos niños forman parte del 25% de la población mundial que aún vive bajo cielos limpios. Crédito: Juan Carlos Casado.
La Comunidad Europea del Carbón y del Acero (CECA) simboliza no solo una empresa común con la que dar energía a Europa, sino también el rechazo de la guerra; recordemos que la Segunda Guerra Mundial se combatió con carbón y acero. La Política Agrícola Común (PAC, 1962), volvió a unirnos en un momento en el que la memoria del hambre y la escasez estaba bien viva en la mente de los hombres. Se trataba de garantizar que todos pudiesen tener alimentos y proporcionar un nivel de vida digno a los agricultores. En nuestros días, la pandemia, otra vez la guerra.
Toca luchar por el futuro, vinculado de modo ineludible a la salud del planeta, con la integridad del medio ambiente, esta última protegida por el artículo 37 de la Carta de Derechos Fundamentales. La UE se ha comprometido a alcanzar la neutralidad climática no más tarde de 2050 y a reducir, en al menos un 55%, las emisiones de CO2 de aquí a 2030. La Ley Europea del Clima es ya una realidad jurídica ¿Será capaz no solo de generar un amplio consenso social sino de movernos a la acción? ¿Cumpliremos nuestras promesas y lograremos reducir las emisiones de CO2, NOX, SO2 y otras partículas generadas por el alumbrado innecesario? ¿Disminuirá el brillo de los paisajes nocturnos, esa especie de neblina de color anaranjado con nubes refulgentes que cubre las ciudades durante la noche? Las lámparas LED, según los expertos en contaminación lumínica, generan 2,5 veces más polución ¿Eficiencia energética a cambio de suciedad atmosférica?
La población urbana ha aumentado y seguirá haciéndolo en los próximos años de manera exponencial. Naciones Unidas prevé que las ciudades seguirán creciendo, aunque no en igual medida. En Europa, ahora, el 74% de sus habitantes vive en entornos urbanos, sin paisajes celestes. Dentro de pocos años, tan elevado porcentaje de población, si contempla la Vía Láctea será por accidente – tormenta geomagnética, apagón eléctrico, terremoto, etc., - y creerá que se trata de una extraña presencia en el cielo, como ocurrió en Northridge, Los Ángeles, en 1994.
La Noche de Europa, apuesta por una regulación europea que reduzca drásticamente las alteraciones nocivas de la atmósfera terrestre provocadas por la luz, un contaminante ambiental “invisible”. Es una apuesta verde, sostenible y emocionante.

La Estación Óptica Terrestre (OGS), de ESA, en el Observatorio del Teide (IAC), rastrea el firmamento en busca de desechos espaciales y asteroides cercanos. Crédito: Juan Carlos Casado.
El equipo de investigadores de Stars4all, Fundación española que tiene su origen en el proyecto europeo del mismo nombre -ideado por el malogrado ingeniero informático Paco Sánchez como un desarrollo de Ciencia Ciudadana aplicado a la Astronomía- asegura que el brillo de los paisajes nocturnos aumenta a un ritmo entre el 2% y 6% al año.
El análisis pormenorizado de las imágenes nocturnas de Europa desde la Estación Internacional (ISS), sugiere que más del 85% del continente está cubierto de luz. Los mismos expertos llegan a la conclusión de que las normas sobre la iluminación exterior nacionales contradicen la legislación europea sobre protección del medioambiente, en particular la Directiva de responsabilidad medioambiental de la UE (Directiva 2004/35/ CE) y la Directiva de hábitats (Directiva 92/43/ CEE del Consejo).
La Noche de Europa, propone abrir el debate para unificar normas y criterios en la Unión Europea con la participación de expertos y ciudadanos. En el contexto español, las propuestas del Ministerio de Industria sobre alumbrado público no concuerdan con las directrices del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, extremo sobre el que ha llamado la atención la Red Española de Estudios para la Contaminación Lumínica (REECL).
La Declaración sobre la Defensa del Cielo Nocturno y el Derecho a la Luz de las Estrellas (La Palma, abril 2007), texto redactado e impulsado por el Instituto de Astrofísica de Canarias (IAC), es una referencia a nivel planetario y el más completo punto de partida para luchar contra la contaminación lumínica. El padre de la investigación astronómica en España -fundador en 1975 del Instituto de Astrofísica de Canarias (IAC) y desde 1961 promotor del Observatorio del Teide- Francisco Sánchez, defendió la necesidad de proteger los cielos de Tenerife y La Palma. La Ley del Cielo que impulsó es pionera en el mundo. Europa observa e investiga en las islas Canarias.
De los cielos del viejo continente salieron respuestas a preguntas que nunca habían podido ser contestadas. Su larga y fecunda Historia es Europa. Ninguno de los avances habría sido posible si los cielos de los “grandes” observadores hubieran estado cerrados, contaminados por la polución lumínica, la que nos priva del paisaje celeste.
Desde Europa en Suma, proponemos “sumar”: ¡es lo nuestro!, las horas nocturnas al Día 9 de mayo
¡Tantas gracias como estrellas seáis capaces de contar por vuestro apoyo!
LA NUEVA DIRECTIVA EUROPEA CONTRA LA CORRUPCIÓN: LUCES Y SOMBRAS
- Creado: Viernes, 27 Marzo 2026 19:20
- Publicado: Viernes, 27 Marzo 2026 19:20
- Escrito por Jesús Lizcano Álvarez. Catedrático emérito de la Universidad Autónoma de Madrid
La corrupción no es solo un delito económico; es un ácido que debilita los cimientos de la democracia, distorsiona los mercados y profundiza las desigualdades sociales, y que afecta igualmente al funcionamiento del mercado interior, al uso de los fondos públicos y a la confianza de la ciudadanía en las instituciones. Es por ello que la lucha contra la corrupción se ha convertido en una de las prioridades estratégicas de la Unión Europea en los últimos años, y en este contexto la reciente propuesta de Directiva europea (aprobada provisionalmente el pasado mes de diciembre, y pendiente de aprobación definitiva), destinada a reforzar la lucha contra la corrupción representa uno de los intentos más ambiciosos de homogeneizar las normas penales en el ámbito comunitario, armonizando las definiciones y sanciones penales por corrupción en toda la UE y tipificando delitos como soborno, malversación, tráfico de influencias y enriquecimiento ilícito, con unas penas mínimas más severas.
Sin embargo, como ocurre con toda norma de gran calado, el texto ha venido generando un amplio debate. A continuación vamos a hacer referencia a algunos de los puntos favorables (luces) y cuestionables (sombras) de esta norma supranacional.

Aspectos más favorables de la Directiva
Uno de los aspectos más favorables es el intento de crear un marco jurídico uniforme. La Directiva pretende establecer definiciones comunes de delitos de corrupción en todos los Estados miembros, incluyendo no solo el soborno clásico, sino también conductas como el tráfico de influencias, el abuso de funciones, la malversación o el enriquecimiento ilícito. Según sus defensores, esta armonización era necesaria debido a las profundas diferencias existentes entre los ordenamientos nacionales. Hasta ahora, los niveles de sanciones, los tipos penales e incluso las categorías de delitos variaban considerablemente entre países, lo que dificultaba la cooperación judicial y favorecía la impunidad en los casos transfronterizos. Por otra parte, la Directiva también establece sanciones mínimas y criterios comunes para castigar estos delitos, incluyendo penas de prisión que podrían alcanzar varios años y multas significativas para empresas. Para muchos especialistas jurídicos esta homogeneización permitirá cerrar vacíos legales y reforzar el efecto disuasorio frente a la corrupción.
Por otra parte, y desde una perspectiva institucional, el enfoque en la prevención ha sido visto como un salto cualitativo. La Directiva no se limita a castigar el delito una vez cometido; obliga a los Estados a implementar campañas de sensibilización, garantizar el acceso a la información pública y, crucialmente, crear organismos independientes dedicados exclusivamente a la integridad. Este giro hacia la cultura de la transparencia puede ser considerado como la única vía real para atajar el problema de raíz, más allá del castigo reactivo. Además, en este terreno institucional y preventivo, es igualmente valorable el impulso a cuerpos especializados en cada Estado, el uso de instrumentos avanzados de investigación y la posibilidad de levantar inmunidades mediante procedimientos transparentes y tasados. La obligación de disponer de estrategias nacionales revisadas periódicamente y la futura publicación anual de datos de corrupción a escala de la UE se consideran avances en transparencia, benchmarking y aprendizaje mutuo entre países.
Desde la perspectiva económica, es subrayable que un marco mínimo armonizado reducirá la arbitrariedad regulatoria, mejorando la previsibilidad para las empresas multinacionales y facilitando la cooperación judicial transfronteriza. Para compañías de fuera de la UE operando en el mercado europeo, se puede considerar como una razón adicional para reforzar programas internos de cumplimiento y debida diligencia, anticipando exigencias convergentes entre distintas jurisdicciones.
Otro aspecto positivo es el refuerzo de la protección para los denunciantes o whistleblowers. La Directiva integra y consolida la aplicación de la normativa europea de 2019, reconociendo a los informantes como una pieza clave en la detección de tramas complejas. Se establecen medidas para garantizar su seguridad y evitar represalias, lo que supone un cambio cultural necesario hacia entornos más éticos y transparentes
Aspectos cuestionables e insuficiencias de la Directiva
A pesar de los citados avances y aspectos positivos de la Directiva, según diversos analistas y organizaciones especializadas el texto final de la misma refleja una lógica de mínimos impuesta por algunos gobiernos del Consejo. La principal crítica es que la Directiva no aborda la gran corrupción, aquella de carácter sistémico y transfronterizo que implica a altos cargos y genera un mayor daño democrático. Se evita así enfrentar las estructuras de poder que permiten la captura de las decisiones públicas.
Por otra parte, se puede considerar como una carencia significativa que el texto no imponga estándares obligatorios sobre la transparencia de los grupos de interés (lobbies) ni sobre la financiación de los partidos políticos, los dos ámbitos donde se concentra el mayor riesgo de influencia indebida y corrupción legalizada. Esta omisión, fruto de la presión de varios Estados miembros, deja fuera del alcance de la ley las puertas giratorias y los conflictos de interés estructurales.
Otro tema bastante discutido es la mención a los indultos y amnistías. Ciertos sectores institucionales han alertado de que la concesión de medidas de gracia por delitos de corrupción socava la confianza pública y envía un mensaje de impunidad, y la Directiva sugiere que estas medidas deben estar estrictamente reguladas, lo cual ha abierto, por otra parte, un cierto debate sobre hasta dónde puede llegar la UE al limitar las facultades discrecionales de los gobiernos nacionales para perdonar delitos en contextos políticos complejos.
Finalmente, otro punto de discordia tiene un carácter financiero, y es el relativo a la capacidad de los Estados para garantizar los recursos financieros necesarios, ya que la Directiva exige investigaciones eficaces, pero no siempre provee los mecanismos financieros o técnicos para que los cuerpos policiales y las fiscalías nacionales puedan hacer frente a delitos financieros de alta complejidad tecnológica. Sin una inversión real en medios humanos y digitales, las nuevas tipificaciones penales corren el riesgo de quedar muy limitadas por la incapacidad de procesar pruebas en un entorno digital complejo.
Conclusiones
Una primera conclusión es que la propuesta de Directiva contra la corrupción representa, sin duda, un hito en la construcción de un espacio jurídico europeo más íntegro. Su éxito dependerá de un equilibrio delicado: debe ser lo suficientemente firme para evitar la impunidad, pero lo bastante flexible para ser integrada en sistemas legales diversos. Mientras que la armonización de delitos y el énfasis en la prevención son sus mayores fortalezas, la gestión de las inmunidades políticas y la dotación real de recursos para su ejecución son los grandes interrogantes que marcarán su futuro.
Por otra parte, y en última instancia, el éxito de la Directiva dependerá menos de su formulación jurídica que de su implementación efectiva. La experiencia demuestra que las normas anticorrupción solo producen resultados cuando se combinan con recursos adecuados, independencia institucional y una cultura política comprometida con la integridad pública. Esperemos que éste sea el caso.
Jesús Lizcano Álvarez

Catedrático emérito de la Universidad Autónoma de Madrid
Académico de la Real Academia de Ciencias Económicas y Financieras
Cofundador y Expresidente de Transparencia Internacional España
Director de la revista Encuentros Multidisciplinares
Créditos imagen: Foto de Jorge Juan Morante López, secretario de Europa en Suma, modificada con IA



